La tipicidad es el primer elemento del delito y consiste en la adecuación de una conducta humana a la descripción que establece la ley penal. Es decir, para que
una acción sea considerada delito, debe estar expresamente descrita en una norma jurídica penal. "Nullum crimen, nulla poena sine lege": No hay delito ni pena sin una ley previa.
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